La reforma del Estado por leyes que vulneran derechos
Beatriz Mejía MoriPareciera que en el entendimiento de los gestores de estas leyes y del propio gobierno anida la extraña idea de que estas disposiciones serán capaces de cambiar la realidad que produce esos y muchos otros problemas que determinan la deficiente calidad del servicio público y la baja calidad de la educación a nivel escolar y universitario.
Recordamos cómo las reformas del Estado que pretendieron realizar algunos gobiernos, no pasaron de ser modificaciones legales que no llegaron a tener impacto en la realidad que declaraban buscaban cambiar, pero sirvieron para abrir paso a los cuadros del gobierno reformador.
La tan anunciada reforma del Estado que no busca esto por parte del gobierno actual, resulta poco creíble, cuando vemos que incorpora en su nueva legislación las posibilidades de contratación de personal altamente calificado sin límite remunerativo, una figura creada por Alberto Fujimori para rodearse de profesionales que le sirvieran para legitimarse ante la opinión pública. Así pudo contratar personas cuyos nombres daban la impresión de seriedad en el gobierno, personas que se desacreditaron a sí mismas por apoyar cuanta arbitrariedad quiso hacer Fujimori, debido al sueldo cuantioso que ganaban.
Tampoco es creíble la anunciada reforma del Estado, por una ley que mantiene los regímenes especiales de organismos privilegiados, y que convierte la carrera pública en una fuente de servilismo al gobierno de turno, a fin de asegurar la precaria estabilidad laboral; que desconoce el mérito del buen desempeño y reduce la evaluación a exámenes por capacitación, los cuales podrían ser desaprobados por empleados que tienen un excelente desempeño en su función, y aprobados por empleados ociosos, irrespetuosos, de bajo rendimiento en el trabajo, incapaces de colaborar con los objetivos de la institución.
Pareciera que esta ley del servicio civil hubiera sido hecha por abogados expertos en administración de personal en la actividad privada, pues acusan un serio desconocimiento de la realidad de la función pública, dado que incurre en errores de concepción de cómo debe ser la evaluación del funcionario público, asumiendo que la evaluación del conocimiento es suficiente para asegurar un buen desempeño.
La mentalidad de cercenamiento de los derechos laborales de los empleados públicos también acusa que los autores de la norma vienen de canteras empresariales, y creen que el Estado se puede manejar de la misma manera.
Pretender hacernos creer que los exámenes que se aplicarán a los empleados públicos serán limpios y transparentes, es una de sus pretensiones más absurdas, conociendo la realidad del ejercicio del poder en el Perú, y cómo todos los gobiernos se sienten seducidos a poner a sus seguidores en la administración pública, para lo cual requieren hacer espacios.
De más está decir que esta ley del servicio público anula toda posibilidad de que el empleado pueda decirle no a una decisión gubernamental por más ilegal o corrupta que sea, pues su volatilidad en el cargo, le hará pasible de un despido.
La percepción general de que esta es una buena ley porque permitirá que se mejore la administración pública, que finalmente muchos empleados que no trabajan o que lo hacen mal, podrán salir para que entren otros mejores, es errónea, porque ni lo uno ni lo otro es asegurado por esta ley, que permitirá sacar y poner a los que el gobierno de turno quiere.
Ya los autores de la ley se han asegurado un contrato con remuneración ilimitada, y tendrán ese seguro mientras dure este gobierno, puesto que ningún otro gobierno que tenga sentido de responsabilidad por lo que esta norma implica, la mantendrá vigente.
Hay una modalidad delictiva ya prevista por el Código Penal (arts. 376 y 383), que tipifica el abuso del poder con fines de aprovechamiento indebido a favor de sí o de terceros, que se revista de legalidad a través de una ley, no desaparece la comisión de este delito, el cual debe ser investigado y sancionado, considerando como agravante el hecho de buscar la legitimación de la actuación delictiva por medio de la dación de una ley.
El recorte intencional de los derechos laborales de los empleados públicos por medio de una ley, tipifica el delito de abuso de autoridad y de incumplimiento de deberes de función de todos los funcionarios partícipes en la dación de la norma (arts. 376 y 377 del Código Penal), a lo que se agrega la vulneración de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales suscritos por el Perú, que también merecen la persecución penal que manda el art. 8 del Código Procesal Constitucional, con el agravante que es en agravio de un gran número de personas, vía la acción de garantía constitucional que debe interponerse.
La manera en que los responsables de aprobar estas leyes asumen su tarea, como si fuera sujeta a su libre discrecionalidad, no importando el Orden Constitucional ni los derechos preconstituidos a favor de los ciudadanos, revela su desconocimiento de las implicancias legales de su conducta, el mal entendimiento de la inmunidad parlamentaria, y la creencia errónea que pueden hacer lo que quieran.
La misma suerte está siguiendo la elección de los miembros del Tribunal Constitucional y del Defensor del Pueblo, haciendo gala de un abuso del poder que ellos creen poder ejercer impunemente.
Tanto los técnicos que elaboran estas leyes como los responsables de su aprobación tienen una responsabilidad política, pero también penal, y desde luego una responsabilidad administrativa y civil por aprobar normas legales con efectos perjudiciales y transgresores de los derechos de la población.
Si los peruanos nos decidiéramos a no permitir el abuso del poder por las vías democráticas e institucionales, ejerciendo el derecho de denunciar estos abusos, y someter a las autoridades al juicio político y en el fuero de justicia común, no estaríamos asistiendo vez tras vez al juego de poder de los partidos políticos que llegan a acuerdos sujetos a sus intereses.
*Abogada, Investigadora experta en Gestión Pública y Administración de Justicia












